El 18 de junio de 2024, el presidente Biden anunció una serie de acciones de inmigración utilizando la autoridad que le otorgan las leyes migratorias existentes. Estas acciones ayudarán a ciertas personas indocumentadas en los Estados Unidos, incluyendo:

  • Cónyuges e hijos(as) de ciudadanos(as) estadounidenses que hayan estado viviendo en los Estados Unidos durante al menos 10 años.
    • Usted puede ser elegible para solicitar su residencia permanente (también conocida como tarjeta verde o green card) sin salir de los Estados Unidos si cumple con estas condiciones a partir del 17 de junio de 2024:
      • Se encuentra en los Estados Unidos después de haber ingresado sin permiso;
      • Ha vivido en los Estados Unidos durante al menos 10 años y nunca ha salido del país;
      • Está legalmente casado con un(a) ciudadano(a) estadounidense o tiene una relación de hijastro con un ciudadano estadounidense; y
      • No tiene ciertos antecedentes criminales ni representa una amenaza para la seguridad nacional o la seguridad pública.
  • Si cumple con estos criterios, el gobierno PODRÍA otorgarle permiso de permanencia temporal (“parole- in-place”)
    • El permiso de permanencia temporal se concedería por un período único de tres años.
    • También podría ser elegible para un permiso de trabajo por hasta tres años.
  • Si se le concede el permiso de permanencia temporal (“parole-in-place”), puede solicitar su tarjeta verde dentro de los tres años siguientes a su aprobación.
  • La elegibilidad se determina según cada caso.
  • Beneficiarios de DACA con estudios universitarios y Soñadores (Dreamers) que reúnen los requisitos para obtener un estatus de no inmigrante, como una visa de ocupación especializada H-1B.
    • Puede ser elegible para solicitar una visa temporal más fácilmente si:
      • Tiene un título de una institución de educación superior acreditada en los EE. UU.; y
      • Tiene una oferta de empleo de un empleador estadounidense en un campo relacionado con su carrera.

Tenga en cuenta que estos programas TODAVÍA NO han comenzado. Se espera que los detalles sobre cómo presentar la solicitud se publiquen a fines del verano mediante una notificación en el Registro Federal (Federal Register).  Esto significa que:

  • Todavía NO PUEDE presentar una aplicación en este momento.
  • Se RECHAZARÁ toda solicitud presentada con anticipación.
  • NO DEBE pagarle a nadie una tarifa asociada con la presentación de una solicitud en este momento.
  • TENGA PACIENCIA y tómese el tiempo para encontrar la ayuda adecuada. El asesoramiento incorrecto podría perjudicar sus posibilidades de permanecer en los Estados Unidos, obtener un estatus legal o convertirse en ciudadano estadounidense.
  • NO SE DEJE ENGAÑAR por notarios y otros consultores que prometen resultados inmediatos o soluciones especiales que sólo buscan robarle su dinero. ¡Muchas personas inescrupulosas le cobrarán más que los abogados licenciados! Si no está seguro de si alguien esté calificado para ayudarlo, solicite una prueba de sus credenciales y conserve una copia de esa evidencia. Aprende más en https://stopnotariofraud.org.

Este programa también podría ser impugnado legalmente, lo que podría afectar su implementación. Esto hace que sea aún más importante tener un abogado calificado y muy bien informado.

Le recomendamos que se comunique con nuestra oficina al 305-916-4800 si tiene alguna pregunta.

Esta hoja informativa solo es para brindar información general y no constituye asesoramiento legal. No debe actuar ni confiar en la información contenida en esta hoja informativa sin buscar el asesoramiento de un abogado de inmigración competente y con licencia.

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